La Biblia no lo dice. Por lo tanto, no contamos con información respecto al
asunto. Si no fue bautizado, es porque simplemente no era parte de la voluntad
y del plan de Dios que él se bautizara. En vista del hecho que se declara
específicamente que el bautismo es parte del plan de Dios para salvar hoy
(Marcos 16:15, 16); que es "para (con el fin de obtener) el perdón
de los pecados" (Hechos 2:38); y que es el acto consumador del plan de
salvación (1 Pedro 3:21), es un hecho que hoy no se puede ignorar este
mandamiento impunemente. Si Juan mismo fue bautizado no afecta en nada el hecho
de que él enseñó a otros a bautizarse, y que aquellos que se negaron a hacerlo
estaban en desobediencia a Dios al no hacerlo. Juan predicó el bautismo para el
perdón de los pecados (Marcos 1:4; Lucas 3:3), porque Dios así lo ordenó; y
rechazar este acto era repudiar a Aquel que lo ordenó: el Señor mismo. La gente
y los publicanos, cuando escucharon a Juan predicar el bautismo para el perdón
de los pecados, "reconocieron la justicia de Dios, siendo
bautizados con el bautismo de Juan. Pero los fariseos y los
intérpretes de la ley rechazaron los propósitos de Dios para con ellos, al
no ser bautizados por Juan"
(Lucas 7:29,30). Si esos judíos que rechazaron el consejo de Dios al negarse a
someterse al bautismo que Juan predicó, estaban en rebelión ante Dios por esto,
¡cuánta más culpa tendrán aquellos que consideran poco importante y se niegan a
cumplir con el bautismo que Cristo mandó! (1 Juan 2:4).
Bienvenido al espacio del análisis bíblico relevante. El que tenga sed, venga y beba. ¡La fuente por excelencia es la palabra de Dios! Nota: Todas las citas bíblicas, a menos que se indique lo contrario, son tomadas de La Biblia de las Américas (LBLA), by The Lockman Foundation.
jueves, 28 de mayo de 2020
PREGUNTA: “¿Se habrá bautizado Juan el Bautista?”
La Biblia no lo dice. Por lo tanto, no contamos con información respecto al
asunto. Si no fue bautizado, es porque simplemente no era parte de la voluntad
y del plan de Dios que él se bautizara. En vista del hecho que se declara
específicamente que el bautismo es parte del plan de Dios para salvar hoy
(Marcos 16:15, 16); que es "para (con el fin de obtener) el perdón
de los pecados" (Hechos 2:38); y que es el acto consumador del plan de
salvación (1 Pedro 3:21), es un hecho que hoy no se puede ignorar este
mandamiento impunemente. Si Juan mismo fue bautizado no afecta en nada el hecho
de que él enseñó a otros a bautizarse, y que aquellos que se negaron a hacerlo
estaban en desobediencia a Dios al no hacerlo. Juan predicó el bautismo para el
perdón de los pecados (Marcos 1:4; Lucas 3:3), porque Dios así lo ordenó; y
rechazar este acto era repudiar a Aquel que lo ordenó: el Señor mismo. La gente
y los publicanos, cuando escucharon a Juan predicar el bautismo para el perdón
de los pecados, "reconocieron la justicia de Dios, siendo
bautizados con el bautismo de Juan. Pero los fariseos y los
intérpretes de la ley rechazaron los propósitos de Dios para con ellos, al
no ser bautizados por Juan"
(Lucas 7:29,30). Si esos judíos que rechazaron el consejo de Dios al negarse a
someterse al bautismo que Juan predicó, estaban en rebelión ante Dios por esto,
¡cuánta más culpa tendrán aquellos que consideran poco importante y se niegan a
cumplir con el bautismo que Cristo mandó! (1 Juan 2:4).
PREGUNTA: “¿Es una violación de la enseñanza del Nuevo Testamento cantar cánticos religiosos con el acompañamiento de instrumentos de música en otros momentos y lugares que no sean los de la adoración como, por ejemplo, en los hogares privados, en las bodas y en los predios de un centro de estudios?”
Creo firmemente que es así. En mi opinión, la probabilidad de que Dios esté
gravemente disgustado con la acción de aquellos que hacen esto es muy grande.
Lamento profundamente que nuestros hermanos, ocasionalmente, provean a los enemigos
de la verdad con municiones para dispararnos en nuestras batallas con los innovadores,
cuando defendemos una fe pura y una práctica impecable. Un folleto escrito por
un predicador de la Iglesia Cristiana, en defensa del uso de música instrumental
en la adoración, contiene la siguiente declaración: "Mientras debatía
con ____________________ en ______________________, él dijo que estaba bien
cantar canciones cristianas con el piano en casa si se hacía como un
pasatiempo. ¡Oh, pero qué hipócrita sería eso! Sólo piense en eso, usted cantaría
"Oh qué amigo nos es Cristo" solo por pasatiempo O "Te alabamos
oh Dios", como un pasatiempo… Recientemente la iglesia de Cristo anti-instrumentos
en _______________________ llevo a cabo una convención de cantos. No usarían el
piano para el servicio de la mañana porque no lo usan en el servicio de
adoración, pero llevaron un piano para el resto del día el cual sí lo usaron
para cantar en la convención de cantos. Después de que terminó el servicio de alabanzas,
lo sacaron de nuevo. ¿Esto es consistencia?"
No, no lo es; y no estoy levantando un informe acerca de estos hermanos, ni
trataré de buscar justificaciones o excusas para su práctica. Frecuentemente me
encuentro con esta acusación en los debates. Los que hacen esto pueden intentar
justificarse; yo no puedo justificarlos, y, por lo tanto, no lo intentaré. Es mi
posición que está mal en cualquier momento, en cualquier lugar y bajo cualquier
circunstancia, tratar de adorar a Dios con una canción con acompañamiento de
instrumentos mecánicos de música. El tercer mandamiento del Decálogo prohibía tomar
e nombre del Señor en vano: "No tomarás el nombre
del Señor tu Dios en vano, porque el Señor no tendrá por
inocente al que tome su nombre en vano" (Ex. 20:7). La frase "en vano" traduce un término hebreo que
denota lo que se hace de manera superficial y frívola, sin la debida
consideración o atención a la naturaleza sagrada de las cosas o personas. Aquellos
que pronuncian los nombres de Dios y de Cristo, y hablan (cantan) de temas
sagrados como los que están involucrados en nuestras canciones de alabanza como
si fueran “un pasatiempo", violan, en principio, el mandamiento anterior, y
son culpables de blasfemia. No puedo escapar de la convicción de que al cantar
canciones religiosas con el acompañamiento de instrumentos musicales como
"pasatiempo", limita peligrosamente con lo prohibido en el tercer mandamiento.
El hecho de que una melodía acompañe a las palabras no hace que cambie el
principio ni que mitigue la seriedad del acto.
El esfuerzo, que se hace a veces, de establecer un paralelo entre el canto y
el uso del jugo de uvas cuando no se usa en la Cena del Señor falla por
completo porque carece de relevancia. Es cierto que el jugo de uvas, cuando no
se usa en conexión con la Cena, no tiene significado religioso y puede ser
utilizado adecuadamente como cualquier bebida, ya que no mantiene, en dicho
uso, ninguna relación con la Cena. Pero, esto no es cierto en cuanto a los
temas sagrados que caracterizan a las canciones religiosas. Los santos nombres
de Dios, de Cristo, el cielo, la doctrina de la gracia, la redención y la
salvación; la esperanza del cielo y de la vida eterna— temas frecuentes en
nuestros himnarios— poseen significado espiritual y religioso, en todas partes,
y todo el tiempo. Cualquier uso de ellos, por lo tanto, debe ser sagrado o profano.
Si el uso en cualquier caso es sagrado, acompañarlos con música instrumental es
incorrecto, como hemos demostrado en otra parte; si el uso es profano, la
acción viola el principio expresado en los solemnes edictos de Dios emitidos
desde el Sinaí. Y Dios es sagrado tanto en el Antiguo como en el Nuevo
Testamento, desde siempre y para siempre.
Muchas de las canciones en nuestros himnarios son himnos de oración; y
otros son alocuciones y atribuciones de alabanza a Dios y a Cristo. Entre muchos
cientos de esas canciones están, "Salvador a ti me rindo", "Oigo
la voz del Buen Pastor", "Alabanzas dad a Cristo", "Cerca
de ti, Señor", "El Mundo no es mi hogar" y "Valor y Fe".
¿Cómo podría uno cantar aceptablemente estas canciones, cuando no hay
dedicación ni consagración en ellas y hacia Dios, y si se cantan simplemente
"por pasatiempo"? Es difícil visualizar esto como menos que un uso
profano y sacrílego de nombres y cosas sagradas. Seguramente, el curso adecuado
y prudente es abstenerse de cantar canciones religiosas cuando se acompañan de
instrumentos musicales.
PREGUNTA: "Por favor comente sobre Santiago 1:27. Algunos dicen que este pasaje se dirige solo a individuos y que no es una obligación de la iglesia proveer para los huérfanos y las viudas ".
Santiago 1:27 dice: "La religión pura y sin mácula delante
de Dios el Padre es esta: Visitar a los huérfanos y a las viudas en sus
tribulaciones, y guardarse sin mancha del mundo". (1) Si esto no es una obligación de la
iglesia, entonces la iglesia no puede practicar la religión pura y sin mancha,
porque la forma de practicar esa religión, tal como lo ordena Santiago, es
"visitar" (con el fin de ayudar) a los huérfanos y a las viudas. (2)
Además, si este pasaje es aplicable solo a individuos, entonces para que los
individuos practiquen "la religión pura y sin mácula”, cada persona
debe proveer para los huérfanos y viudas, y, por lo tanto, aquellos que no
pueden hacerlo no pueden practicar esa religión ante Dios. (3) Además, las
palabras "huérfanos" y "viudas" son plurales en número; y,
por lo tanto, para que cada individuo practique la "religión pura y sin mácula",
cada uno estaría obligado a proveer para, al menos, dos viudas y dos huérfanos,
y un matrimonio requeriría, al menos, ayudar a cuatro viudas y cuatro huérfanos
¡para cumplir el mandamiento! Así de absurda es la posición que los “antis”
defienden, una posición desconocida, hasta que algunos de nosotros comenzaron a
oponerse al establecimiento y mantenimiento de tales hogares desde hace algunas
décadas.
Examinemos la afirmación de que las acciones de Santiago 1:27 son aplicables
solo a individuos. Esto es importante solo si se pretende que sea así de restrictivo
como para excluir a la iglesia de cualquier participación en ellas. Debemos
estar de acuerdo en que de nada sirve el argumento si se admite que el pasaje
es aplicable a la iglesia y a los individuos. Para que el argumento sea en lo
absoluto significativo, debe excluir a la iglesia de toda esa actividad. La
obra de proveer para los huérfanos y viudas, si se hace, basándose en esta
afirmación, debe ser realizada sólo por individuos. Esta interpretación, impuesta
sobre este pasaje por aquellos que se oponen hoy a los hogares para huérfanos,
pone a Pablo y a Santiago en un conflicto sin esperanza de solución. Porque, en
realidad, ¡Pablo ordena a la iglesia que haga este tipo de trabajo! En I Tim.
5:16, establece la obligación de una hija hacia una madre necesitada. Ella debe
proveer para su madre de manera que "y no sea gravada la iglesia". Si esto fuera todo lo que el
apóstol dijo, podríamos concluir adecuadamente que el deber involucrado es, de
hecho, individual y que la iglesia no está involucrada. Pero esto no es todo lo
que el escritor inspirado nos dejó en el asunto. ¿Por qué la hija debe asumir
esa responsabilidad? Para que la iglesia—la iglesia, tenga esto en cuenta—"para
que pueda ayudar a las que en verdad son viudas". ¿Quién puede hacer esto? ¡La iglesia!
Por lo tanto, si Santiago excluye a la iglesia, Pablo ciertamente la incluye aquí,
y está en conflicto con Santiago. Por supuesto, el conflicto no es entre estos
escritores inspirados; el conflicto está en la enseñanza que hacen de estos dos
autores del Nuevo Testamento los defensores de la doctrina anti hogares de
huérfanos.
En realidad, Santiago nos informa lo que hay que hacer, y Pablo designa quién
debe hacerlo Cuando se insiste en que este pasaje (Santiago 1:27) sólo aplica a
individuos, la suposición es, por supuesto, que la iglesia, como tal, no puede
hacer esa obra. Pero, ¿de qué otra manera la iglesia actúa, sino a través de
sus miembros? Lo que sea que la iglesia haga, lo hace a través de los
individuos. La iglesia está facultada para predicar el evangelio; pero, realiza
esta obra a través de individuos. Los hermanos que se oponen a los hogares admiten
que la iglesia actúa a través de individuos, pero niegan que los individuos
puedan actuar a través de la iglesia, en asuntos de benevolencia,
particularmente a favor de aquellos que no son miembros. Pero si la iglesia actúa
solo a través de individuos, y es obra de la iglesia cuando los
individuos la realizan, entonces, ¿por qué negar que es la iglesia quien está actuando
cuando las personas cumplen Santiago 1:27? La verdad es que Santiago
simplemente designa qué se debe hacer, sin especificar quién lo hará, y Pablo aclara
que en esa obra la iglesia puede participar.
PREGUNTA: “¿Es inapropiado cantar durante la participación de la Cena del Señor?”
Sí.
¡No solo es inapropiado, está mal! La observancia de la Cena del Señor y el
canto son dos actos de adoración separados y distintos. involucrando una
participación muy diferente, física, mental y espiritualmente. Hay cuatro cosas
que debemos hacer para participar adecuadamente de la Cena. Durante su
observancia debemos mirar (1) hacia adentro; (2) hacia afuera; (3) hacia atrás;
y (4) hacia adelante. (1) Debemos "examinarnos" a nosotros
mismos (I Cor. 11:28), en el acto de observancia; (2) "proclamar"
(LBLA) "la muerte del Señor", mediante nuestra participación
(I Cor. 11:26), (3) recordar los eventos del Calvario (I Cor. 11:25), y (4)
mantener vivo, en nuestros corazones, y ante los demás, su eventual regreso (1
Co. 11:26).
Nosotros que cantamos "con el espíritu y con el entendimiento"
para alabar a Dios aceptablemente, debemos (1) prestar atención a las letras
tanto como si realmente estuviéramos componiéndolas en ese momento de la
alabanza a Dios; y (2) debemos seguir la música a la que se ajustan las letras
para cantar correctamente al unísono con los demás. Ninguno de los dos actos—cantar
y participar de la Cena—se puede realizar correctamente mientras se intenta pensar
en el otro. Solo aquellos que participan mecánica y ritualmente de la Cena
querrían intentar cantar en conexión con ella, con el fin de crear una
situación emocional durante la observancia de la Cena. La práctica no cuenta
con ejemplos apostólicos y es totalmente inaceptable para aquellos que están satisfechos
con el orden del Nuevo Testamento.
PREGUNTA: “¿Quiénes o qué eran los demonios tan frecuentemente mencionados en el Nuevo Testamento? ¿Existen personas poseídas en la actualidad como lo fueron las personas del primer siglo?”
Los demonios eran espíritus malignos, que actuaban bajo la dirección de
Satanás, se oponían a Dios, y eran capaces de causar mucha miseria al hombre (Mateo
8:28-34, 12:24.) Sus poderes sobre los seres humanos les permitieron afligir a
las personas con mudez (Mateo 9:32, 33), ceguera (Mateo 12:22), y locura (Lucas
8:26-36.) Reconocieron la Deidad del Señor, reconocieron su condición maligna, reconocieron
su juicio inminente, y temblaron al pensar en eso. (Mateo 8:29; Lucas 4:41;
Santiago 2:19.) A los apóstoles se les dio el poder de expulsar demonios y un caso
en el cual lo usaron se encuentra en Lucas 10:17, 18, aunque Marcos 9:18-29
muestra que su falta de fe estorbó su capacidad de lograrlo en la ocasión
mencionada.
Los esfuerzos para "explicar" la demonología del Nuevo Testamento
como (1) superstición popular; (2) la adaptación del Señor a los puntos de
vista populares; (3) alguna enfermedad o locura; (4) a los ángeles caídos; o
(5) el que es quizás el más absurdo de todos, a la descendencia de los ángeles y
mujeres impíos de Génesis 6, todos fallan (a) debido a su falsedad obvia o (b)
porque entran en conflicto con hechos conocidos y con la ilimitada bondad y el conocimiento
de nuestro Señor.
Presentando una inducción de declaraciones se revelará que (1) eran seres
inteligentes (Marcos 1:24; 5:7, 8); (2) eran malvados y finalmente debían
enfrentar el juicio (Ap. 9:11); y (3) ellos venían del "abismo".
Estas consideraciones han conducido a hombres muy capaces a concluir que eran
espíritus incorpóreos de hombres malvados que de alguna manera escaparon del
Tártaro en el Hades y de las personas afectadas a quienes se apoderaron. Tan
fuerte era la creencia de Alexander Campbell en esto que en su larga e
intrincada discusión acerca del tema en su Declaración y Alocución
escribió, "Nosotros concluimos que no hay razón ni hecho—no hay canon de
crítica—ninguna ley de interpretación; no hay nada en la experiencia u
observación humana; no hay nada en la antigüedad—la sagrada o profana, que a
nuestro juicio pese en contra de la evidencia ya presentada en apoyo de la
posición de que los demonios de los paganos, los judíos y los cristianos eran
los fantasmas de hombres muertos y, como tales, habían tomado posesión de los cuerpos
de hombres vivos, y los movían, influenciaban e impulsaban a ciertas vías de
acción”. Esta era la opinión de los historiadores judíos Josefo y Filón. El
primero escribió: "Los demonios son los espíritus de hombres malvados, que
entran en hombres vivos y los destruyen, a menos que estuvieran muy felices de
encontrarse con un rápido alivio" y el último dijo: "Las almas de los
hombres muertos se llaman demonios". Los primeros escritores cristianos,
como Justino Mártir, Ireneo, Orígenes, y muchos otros, se pueden citar apoyando
esta misma línea. La conclusión de Lardner, después de un examen detallado de
estos escritores antiguos sobre este tema, es "La noción de demonios, o de
almas de hombres muertos, que tenían poder sobre los hombres vivos, prevalecía
universalmente entre los paganos de aquellos tiempos, y así lo creían muchos cristianos"
y el hermano McGarvey, en su comentario sobre Mateo y Marcos dice que "el
uso judío del término se aplica exclusivamente a los espíritus de hombres
malvados ya difuntos. Este uso fue adoptado por Jesús y por los apóstoles, y en
consecuencia todo lo que se dice de los demonios en el Nuevo Testamento está en
armonía con eso". ¿La gente de nuestros días sufre de posesión demoníaca?
Obviamente, no. Incluso un examen casual de los casos relatados en el Nuevo
Testamento mostrará que las circunstancias que describen la posesión demoníaca
no son características de los supuestos casos de nuestros días. Nuestro Señor
ató a Satanás en su propia casa o dominio (Mateo 12:5-29), y el evangelio de
hoy es la "cadena" que lo detiene a él y a sus siervos (Apocalipsis
20:1-4). En aquellos días, los que estaban poseídos por estos agentes del
diablo eran incapaces de librarse de sus cadenas; pero ahora todos los hombres,
con la ayuda del Señor, tienen el poder de repeler las influencias de Satanás.
El Señor se enfrentó con Satanás en su propio dominio y triunfó sobre él. Hoy,
el poder del diablo sobre los hombres es limitado para engañarlos y tentarlos,
y estas acciones pueden resistirse con la ayuda de Dios y la espada del
Espíritu (Mateo 4:1-13; I Cor. 10:13). Ahora, si resistimos al diablo, él huirá
de nosotros (Santiago 4:7), porque tiene miedo de cualquiera que empuñe la
espada del Espíritu: la palabra de Dios (Heb. 4:12).
domingo, 3 de mayo de 2020
PREGUNTA: “Cuando Pablo dijo ‘la letra mata, pero el Espíritu vivifica’, ¿estaba afirmando que deberíamos mirar más allá de las sencillas y literales declaraciones de la Escritura y encontrar la verdad real que, en realidad, podría ser algo opuesto o diferente a lo que la Palabra dice textualmente?”
No. Absolutamente no. No se puede
alcanzar una conclusión más falsa y peligrosa.
Aunque frecuentemente se alcanza este
tipo de conclusión y aunque frecuentemente se interpreta la Biblia de esta
manera, esto es una completa tergiversación de lo que Pablo enseña en la declaración
aludida, ¡y simplemente no es así! La declaración debe verse en su
contexto para poder descubrir su significado. Dios nos ha hecho (a los
cristianos) “El cual también nos hizo suficientes como ministros de
un nuevo pacto, no de la letra, sino del Espíritu; porque la letra mata, pero
el Espíritu da vida. Y si el ministerio de muerte grabado con letras
en piedras fue con gloria, de tal manera que los hijos de Israel no podían
fijar la vista en el rostro de Moisés por causa de la gloria de su rostro, que
se desvanecía, ¿cómo no será aún con más gloria el ministerio del
Espíritu?” (2 Cor. 3:6-8). De esta manera el apóstol estaba presentando un
contraste entre el antiguo y el nuevo pacto—el pacto que se le dio a Israel en
el Sinaí, y el pacto bajo el cual viven los cristianos hoy, el que entró en
vigencia aquel memorable día de Pentecostés cuando inició la iglesia. La ley
antigua era “la letra”, la ley nueva, bajo la cual vivimos, es “el espíritu”.
Usar las palabras “letra” y “espíritu”
en el sentido sugerido en las frases “letra de la ley” y “el espíritu de la ley”,
y concluir que hay una diferencia entre la intención de Dios, y la expresión de
su voluntad en las Escrituras es una doctrina peligrosa, una herejía. En realidad,
como se podrá ver cuando se toma en consideración todo el contexto, el “espíritu”
realmente significa la letra de la enseñanza del Nuevo Testamento, en contraste
con el pacto “grabado en piedra”, bajo el cual vivieron los israelitas. La ley
de Moisés era la letra, la ley de Cristo es el espíritu. El primero
era un “ministerio de condenación” (muerte), porque no podía dar vida; el
último, el del espíritu, es el “ministerio” de la vida, porque a través de él se
obtiene vida espiritual. Hoy servimos “en la novedad del Espíritu y
no en el arcaísmo de la letra” (Ro. 7:6).
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